Designación de jurado evaluador

El objetivo de este trámite es designar, mediante Resolución Directoral, a profesionales competentes y de la especialidad, para la revisión del Proyecto de Tesis, Informe Final o Trabajo Académico, verificando la rigurosidad científica y asegurando la calidad de la investigación.

Requisitos

  • Solicitud dirigida al Director (a) de la Escuela de Posgrado.
  • Informe del Asesor aprobando el Proyecto de Tesis, Informe Final o Trabajo Académico.
  • Reporte del software antiplagio TURNITIN con un porcentaje de similitud no mayor al 30%.
  • Tres (03) ejemplares en físico y digital (formato Word y PDF) del Proyecto de Tesis, Informe Final o Trabajo Académico.
  • Copia simple de la Resolución de designación de asesor.

Procedimiento

  • El aspirante presenta su solicitud en Mesa de Partes de la EPG.
  • El Director (a) de la EPG, deriva la solicitud a la Coordinación Académica del programa.
  • La Coordinación Académica verificará los requisitos y seleccionará a 04  docentes (Presidente, Secretario, Vocal y Accesitario) profesionales de la especialidad para ser propuestos como miembros del Jurado Evaluador: La propuesta contendrá datos de contacto de los miembros propuestos, así como reporte de cada uno de ellos del Registro Nacional de Grados y Títulos de SUNEDU.
  • La Coordinación Académica solicita el expediente completo a la Unidad de Investigación y lo remite, acompañado de la propuesta, así como el reporte de los Grados Académicos del Registro Nacional de Grados y Títulos de SUNEDU y datos de contacto, a la DEPG, mediante oficio, para su aprobación mediante Resolución Directoral.
  • El Director (a) de la EPG deriva el expediente a Secretaría, para la proyección de la Resolución Directoral que designa al Jurado Evaluador.
  • La Resolución Directoral en 05 juegos, es notificada a la Unidad de Investigación junto al expediente completo.
  • La Unidad de Investigación, mediante Carta, notifica a los miembros del Jurado Evaluador, los ejemplares en físico y digital, del Proyecto de Tesis, Informe Final o Trabajo Académico, señalando los aspectos que deben considerar para la emisión del dictamen.
  • El aspirante recoge la Resolución Directoral en Secretaría de la DEPG.

NOTA: En el caso de que alguno de los miembros del Jurado Evaluador dictamine observado el Proyecto de Tesis, Informe Final o Trabajo Académico, según corresponda, el aspirante cuenta con 30 días calendario desde la notificación de las observaciones vía e-mail, para su subsanación.

Duración

  • Diez (10) días hábiles desde la presentación de la solicitud hasta la emisión de la resolución directoral.